Buenos Aires, Argentina – El Tribunal Oral Federal N°2 (TOF 2) ha otorgado este martes la prisión domiciliaria a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner (CFK) para que cumpla la condena de seis años de prisión impuesta por el caso “Vialidad”, cuya sentencia fue confirmada la semana pasada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La decisión del tribunal, que tuvo en cuenta el intento de homicidio sufrido por la exmandataria, implica que CFK no deberá presentarse mañana en Comodoro Py. Fue notificada de manera virtual sobre esta resolución.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que el tribunal aceptó el pedido de la defensa para que la detención se cumpla en su departamento de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Monserrat. Sin embargo, esta medida viene acompañada de una serie de estrictos requisitos, entre ellos el uso de una tobillera electrónica. El hijo de la expresidenta, Máximo Kirchner, actuará como garante de la prisión domiciliaria.
Fundamentos y Condiciones de la Medida
Entre los argumentos esgrimidos por el TOF 2, la resolución señala: “En este estado de cosas, teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente así como el hecho de que la peticionante supera los setenta años de edad, su permanencia en prisión en un establecimiento carcelario no sólo se presenta, por el momento, como una opción difícil de compatibilizar con una protección efectiva de sus derechos fundamentales por las razones ya señaladas, sino que además es una opción que la ley expresamente habilita a reemplazar por otra.”
La resolución, firmada por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, establece que a partir de hoy, Cristina Elisabet Fernández de Kirchner “se encuentra, en calidad de detenida bajo la modalidad de prisión domiciliaria, cumpliendo la pena firme de seis años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, accesorias legales y las costas del proceso que le fuera impuesta en esta causa”.
Las condiciones de detención impuestas son las siguientes:
- Permanencia en el domicilio fijado: No podrá quebrantar esta obligación salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor debidamente justificadas. Fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción.
- Comportamiento: Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.
- Nómina de visitas: En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan. Estas personas podrán acceder al domicilio sin necesidad de autorización judicial. El eventual acceso de cualquier otra persona no incluida en este listado deberá ser requerido y motivado ante el tribunal.
El tribunal también encomendó a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal la supervisión trimestral de la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner, informando los resultados a los tribunales para evaluar el acatamiento de las reglas impuestas.
Finalmente, se ordenó a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico en el domicilio donde se encuentra cumpliendo la prisión domiciliaria.